En un escenario internacional marcado por iniciativas que buscan flexibilizar regulaciones y acelerar permisos ambientales, en Chile el Tribunal Constitucional frenó disposiciones que reducían exigencias de evaluación para la relocalización acuícola salmonera y establecían compensaciones económicas cuando una autorización ambiental fuera anulada judicialmente.
Santiago, 14 de agosto de 2026. (DiarioMapuche.cl)– El Tribunal Constitucional (TC) declaró inconstitucionales normas del proyecto de Ley para la Reconstrucción Nacional y el Desarrollo Económico y Social, presentado por el gobierno de Kast, relacionadas con la relocalización de concesiones acuícolas salmoneras, junto con los artículos que establecían un derecho a indemnización ante la anulación judicial de una Resolución de Calificación Ambiental (RCA).
Los requerimientos de inconstitucionalidad fueron presentados formalmente por grupos de parlamentarios ante el Tribunal Constitucional. Las normas ambientales cuestionadas habían generado preocupación entre organizaciones ciudadanas y comunidades locales por sus eventuales impactos en sus territorios.
El Pleno del TC acogió parcialmente tres requerimientos acumulados —Roles N° 17.828-26, N° 17.829-26 y N° 17.832-26— contra distintas disposiciones del proyecto, identificado como Boletín N° 18.216-05.
Relocalización de concesiones salmoneras
Una de las decisiones afecta al artículo 5 del proyecto, que modifica la Ley N° 20.434 sobre relocalización de concesiones de acuicultura. La iniciativa contemplaba excluir del ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) a las denominadas “micro-relocalizaciones”.
Aunque el lenguaje jurídico y parlamentario utiliza el concepto de relocalización de concesiones de acuicultura, la aplicación de esta normativa tiene especial relevancia para la industria salmonera y los territorios donde se concentran sus concesiones.
El Tribunal Constitucional declaró inconstitucional la expresión “micro-relocalización” contenida en el numeral 2 y la totalidad del numeral 3 de esta modificación.
La decisión impide que la excepción ambiental para las denominadas micro-relocalizaciones opere en los términos establecidos por el proyecto.
Indemnización por anulación judicial de RCA
En una segunda decisión de relevancia ambiental, el TC declaró íntegramente inconstitucionales los artículos 12 y 13 del proyecto. Estas disposiciones establecían un derecho a indemnización ante la anulación judicial firme de una Resolución de Calificación Ambiental.
El tribunal también declaró inconstitucional parte de una modificación al artículo 20 de la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente. La norma restringía los fundamentos de reclamación de quienes no hubieran formulado observaciones durante la participación ciudadana, al exigir que se tratara de aspectos que no hubiesen sido evaluados y que les generaran afectación directa.
El comunicado oficial del TC permite conocer qué disposiciones fueron declaradas inconstitucionales, pero aún no las razones jurídicas que sustentaron cada decisión. El Tribunal informó que los fundamentos de la sentencia, las votaciones, disidencias y prevenciones serán dados a conocer dentro del plazo legal.-