En una nueva sesión, el CMSyCC ratificó la modernización de una herramienta clave para la protección de la biodiversidad del país, estableciendo los nuevos estándares de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN).
Santiago, 08 de septiembre de 2025. (MMA)– El Consejo de Ministros para la Sustentabilidad y el Cambio Climático (CMSyCC) aprobó este viernes la actualización del Reglamento para la Clasificación de Especies según Estado de Conservación, herramienta clave para proteger la biodiversidad de Chile. Ahora, el país podrá identificar de mejor manera qué especies enfrentan mayores riesgos de extinción, asignarle una categoría de conservación y, a partir de ello, crear planes de acción y políticas públicas para su resguardo.
La actualización surgió desde un proceso amplio y participativo impulsado por el Ministerio del Medio Ambiente en cumplimiento de la Ley para la Naturaleza (Ley 21.600). Con más de 1.500 especies clasificadas, sumado a la creación del Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP), era necesario modernizar el reglamento con los estándares de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN).
«Con el nuevo reglamento el país contará con procedimientos modernos, transparentes y basados en evidencia científica para determinar el estado de conservación de plantas, algas, hongos y animales nativos o endémicos. Esto fortalecerá la gestión de la biodiversidad nacional, posicionando a Chile en la vanguardia regional sobre el cumplimiento de los estándares internacionales establecidos por la UICN», explicó la ministra Maisa Rojas.
¿Cómo funcionará el nuevo reglamento? El SBAP estará encargado de recopilar antecedentes científicos y técnicos de las especies que buscan ser clasificadas y, junto con aportes de la ciudadanía, academia y organismos sectoriales, se elaborará una propuesta que será revisada por el Comité de Clasificación de Especies, conformado por expertos y representantes del Estado.
Luego, el Ministerio del Medio Ambiente abrirá una consulta pública para recibir observaciones, las que deberán ser analizadas y respondidas. Con esos insumos, se dictará una resolución que oficializará la nómina de especies clasificadas en categorías de conservación reconocidas internacionalmente, otorgándoles un carácter legal y vinculante.
Cuáles son las categorías de conservación
El nuevo reglamento adopta las categorías de conservación internacionales de la UICN, que permiten medir el nivel de amenaza que enfrenta cada especie nativa o endémica en el país. Así, se puede establecer si una especie está extinta, en riesgo de desaparecer o si mantiene poblaciones saludables.
Estas categorías van desde Extinta o Extinta en Estado Silvestre, pasando por los distintos niveles de amenaza —En Peligro Crítico, En Peligro o Vulnerable— hasta aquellas con menor riesgo, como Casi Amenazada o de Preocupación Menor. También se contemplan categorías como Datos Insuficientes, para reconocer la falta de información sobre algunas especies y orientar futuras investigaciones.
Además, cada categoría responde a criterios científicos precisos, como la reducción del tamaño poblacional, el grado de fragmentación de su hábitat, la distribución geográfica o el impacto de amenazas externas. Así, una especie declarada «En Peligro Crítico» no sólo enfrenta un riesgo extremadamente alto de desaparecer en el corto plazo, sino que pasa a ser prioridad inmediata para planes de recuperación y protección. En cambio, una especie en categoría de «Preocupación Menor» no requiere medidas urgentes, pero igualmente es necesario mantener monitoreo para prevenir retrocesos.
Ahora, su aplicación se hará efectiva en paralelo a la puesta en marcha del SBAP, asegurando que exista la institucionalidad necesaria para implementar los procedimientos de clasificación de especies en todo el país.