- El Informe Anual de Derechos Humanos 2025 advierte que la Comisión para la Paz opera con criterios político-partidarios y limita la participación mapuche, reproduciendo una visión parcial del conflicto que omite la violencia estructural del Estado.
- Los autores sostienen que las medidas propuestas no garantizan reparación territorial ni respetan la autodeterminación, e instan a establecer un sistema con control judicial efectivo y acorde a los estándares internacionales.
Santiago, 26 noviembre de 2025. (Diariomapuche.cl)– La Universidad Diego Portales (UDP) publicó su Informe Anual de Derechos Humanos 2025, cuyo capítulo dedicado a la Comisión para la Paz y el Entendimiento (CPE) —creada por el gobierno para abordar el conflicto territorial mapuche— advierte que el proceso no cumple con estándares internacionales y corre el riesgo de reproducir “el mismo enfoque estatal que generó la crisis”.
El informe, elaborado por los abogados Felipe Guerra Schleef y Constanza Gumucio Solís, analiza el diseño, funcionamiento y recomendaciones de la Comisión, y concluye que sus propuestas “no son transformadoras” y que la lógica administrativa y tecnocrática que adopta no garantiza una reparación territorial efectiva.
Una comisión sin representación indígena y con reglas que bloquearon acuerdos
La primera crítica del análisis apunta a la composición de la Comisión. Según el informe, ésta fue diseñada con “criterios políticos y partidarios”, sin incorporar representantes mapuche elegidos por las propias organizaciones del territorio. Esto, afirman, afectó su legitimidad desde el inicio.
Además, la decisión interna de exigir unanimidad para aprobar recomendaciones terminó convirtiéndose en una trampa: el propio mecanismo bloqueó acuerdos relevantes y llevó al quiebre entre sus integrantes. El resultado, según los autores, fue un espacio “excesivamente condicionado por lógicas transaccionales” y no por los estándares de participación indígena que exige el derecho internacional.
Consulta indígena cuestionada: no fue previa ni plenamente informada
El informe sostiene que la CPE tampoco cumplió con el requisito de consulta previa, libre e informada. El proceso de consulta —implementado solo después de que la Comisión concluyera sus trabajos— se realizó bajo un reglamento “ampliamente cuestionado”, lo que vulnera el principio de participación sustantiva que deben resguardar las instituciones del Estado.
Para Guerra y Gumucio, esto implica que las comunidades mapuche no pudieron influir realmente en el diseño de las medidas que les afectan directamente, como el nuevo sistema de tierras o la creación de un tribunal arbitral autónomo.
Violencia rural vs violencia estructural del Estado
Otro de los puntos más duros del texto es su crítica a la narrativa que adopta la Comisión para describir el conflicto en el Wallmapu. La CPE habla de “violencia rural” —reconociendo víctimas mapuche y no mapuche— pero no incorpora de manera suficiente la violencia estructural ejercida por el Estado.
El informe recuerda que la criminalización, la represión policial, la aplicación de leyes de excepción y el despojo territorial histórico “no son elementos secundarios”, sino parte constitutiva del conflicto. Al no integrar esta dimensión, advierten los autores, la Comisión “ofrece una comprensión incompleta del problema”, lo que debilita cualquier propuesta de reparación.
Nuevo sistema de tierras: tecnocracia, liberalización y riesgo de mercantilización
El capítulo dedica especial atención al nuevo modelo de tierras recomendado por la Comisión, que incluye la creación de una Agencia de Reparación y un Tribunal Arbitral con integración paritaria mapuche/no mapuche.
Si bien reconocen que la CPE visibiliza la magnitud del problema territorial, los autores concluyen que su propuesta se basa en una lógica altamente administrativa, con decisiones del tribunal que no contarían con un control judicial robusto. Esto, sostienen, vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva en casos que involucran derechos fundamentales.
Además, el informe alerta sobre la liberalización del régimen jurídico de tierras indígenas, que facilitaría nuevos tipos de contratos, arriendo y figuras de uso. Para los autores, esto “desconoce el carácter colectivo de la tierra mapuche” y abre la puerta a procesos de fragmentación y subordinación en un contexto de desigualdad estructural.
Cinco correcciones urgentes: consulta previa, restitución, control judicial, protección de la tierra y desarrollo propio
El informe cierra con cinco recomendaciones claras para el Estado:
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realizar consulta previa, libre e informada en todas las medidas derivadas de la Comisión;
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garantizar un sistema integral de reparación territorial, incluyendo restitución;
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asegurar control judicial efectivo sobre decisiones del tribunal arbitral;
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revisar la liberalización del régimen de tierras para evitar enajenaciones encubiertas;
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centrar la política en el derecho al desarrollo propio del pueblo mapuche.
Con este análisis, el Informe UDP 2025 instala una advertencia central: sin cambios estructurales y sin participación indígena real, la Comisión para la Paz puede terminar reforzando el mismo marco estatal que originó el conflicto territorial que dice querer resolver.*****FIN*****
Accede al informe LA COMISIÓN PARA LA PAZ Y EL ENTENDIMIENTO Y SUS LÍMITES ANTE EL DESAFÍO DE LA REPARACIÓN TERRITORIAL MAPUCHE
Resumen de las recomendaciones del informe
En su parte final, el capítulo formula recomendaciones concretas dirigidas al Estado chileno y al diseño de políticas futuras. Entre ellas, destacan cinco ejes:
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Consulta y consentimiento
Asegurar que todas las medidas legislativas y administrativas derivadas de la Comisión se implementen mediante procesos de consulta previa y participación sustantiva, con el objetivo de obtener el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas directamente afectados. -
Sistema integral de reparación territorial
Configurar un sistema de reparación que reconozca el derecho a la restitución de tierras, territorios y recursos, incluyendo medidas de verdad, justicia, compensación y garantías de no repetición, tanto para comunidades mapuche como para otras personas afectadas por el conflicto. -
Control judicial efectivo sobre el Tribunal Arbitral
Garantizar que cualquier tribunal arbitral o instancia administrativa que resuelva cuestiones relativas a derechos fundamentales —como la restitución territorial— esté sometida al principio de tutela judicial efectiva, es decir, que sus decisiones puedan ser revisadas por órganos jurisdiccionales independientes. -
Revisión profunda de la liberalización de tierras
Revisar las propuestas de liberalización del régimen jurídico de tierras indígenas para evitar la enajenación encubierta, proteger el vínculo territorial y resguardar el carácter colectivo de la propiedad indígena, especialmente frente a contratos que puedan agravar la subordinación o fragmentación del territorio. -
Derecho al desarrollo propio como eje central
Incorporar el derecho al desarrollo propio del pueblo mapuche como eje de las políticas públicas en territorios indígenas, asegurando que las medidas se construyan en conjunto con las comunidades y respeten sus prioridades, formas de vida y proyectos colectivos.

